Bono de reconocimiento ONP-AFP: qué es, quién califica y cómo pedirlo
El Bono de Reconocimiento es un título respaldado por el Estado que reconoce los aportes que hiciste a la ONP antes de pasarte a una AFP. Calificas si aportaste al menos 48 meses (4 años) a la ONP dentro de periodos específicos. Se tramita en tu AFP, no en la ONP directamente, y se cobra recién cuando te jubilas, no de inmediato.
Cuando alguien se cambia de la ONP a una AFP, es común pensar que los años aportados al sistema público "se pierden". No es así — existe un mecanismo específico para que esos aportes cuenten también dentro de tu fondo privado, y se llama Bono de Reconocimiento.
Qué es exactamente
Es un título valor mediante el cual el Estado peruano reconoce el dinero que aportaste al Sistema Nacional de Pensiones (SNP, administrado por la ONP) antes de trasladarte al Sistema Privado de Pensiones (SPP, las AFP). No es un depósito inmediato en efectivo — es un compromiso de pago que se redime más adelante, principalmente cuando te jubilas.
Requisito base para calificar
Necesitas haber aportado un mínimo de 48 meses (4 años) a la ONP, de forma consecutiva o no, dentro de alguno de los periodos que define cada tipo de bono.
Los tipos de bono
- Bono de Reconocimiento 1992: aportes entre el 6 de diciembre de 1982 y el 5 de diciembre de 1992
- Bono de Reconocimiento 1996: aportes entre el 1 de enero de 1987 y el 31 de diciembre de 1996, siempre que te hayas afiliado a una AFP entre el 6 de noviembre de 1996 y el 31 de diciembre de 1997
- Bono de Reconocimiento 2001: para quienes aportaron en periodos posteriores dentro del marco de esa norma específica
Además, desde la reglamentación de la Ley N.º 31729, existe un bono adicional dirigido a quienes aportaron a la ONP a partir del año 2002 y luego se trasladaron a una AFP — este es más reciente, así que conviene confirmar directamente con tu AFP si tu caso específico ya califica bajo esa norma.
Cómo se tramita
- El trámite se inicia en tu AFP, no directamente en la ONP — llevas tu DNI y la documentación que sustente tus aportes a la ONP (boletas, certificados de trabajo del periodo correspondiente)
- La AFP tiene un plazo de hasta 60 días para revisar tu solicitud y remitirla a la ONP
- La ONP, entidad encargada de calcular y emitir el bono, tiene hasta 90 días para entregarte una Constancia de Bono de Reconocimiento (un documento provisional, no el valor final todavía)
- Después de esa constancia, la ONP tiene hasta 3 años para verificar toda la información presentada y emitir la resolución final confirmando o ajustando el valor
Cuándo se cobra realmente
El valor del bono no se cobra en efectivo al momento de aprobarse — se redime (se hace efectivo dentro de tu fondo de AFP) cuando cumples 65 años, te jubilas de forma anticipada, recibes un dictamen de invalidez, o en caso de fallecimiento, para tus beneficiarios.
Si no estás de acuerdo con el monto
Tienes 15 días desde que recibes la resolución para presentar un Recurso de Apelación. Lo revisa el Tribunal Administrativo Previsional (TAP) de la ONP, que puede pedirte aclaraciones adicionales antes de emitir una resolución de segunda instancia.
El respaldo del Estado
El valor del Bono de Reconocimiento está garantizado por el Estado peruano — en 2026, el Ejecutivo aprobó una garantía de hasta S/ 42 millones específicamente para asegurar el pago de estos bonos, contemplada dentro de la Ley de Endeudamiento del Sector Público del año. Esto no crea un beneficio nuevo ni cambia los requisitos — es un mecanismo financiero para que la ONP pueda seguir cumpliendo con las obligaciones que ya existían.
Preguntas frecuentes
¿El Bono de Reconocimiento aplica a todos los que se cambiaron de ONP a AFP?
No. Solo a quienes aportaron un mínimo de 48 meses a la ONP dentro de los periodos específicos que define cada tipo de bono.
¿Puedo cobrar el bono de inmediato?
No. Se redime cuando cumples 65 años, te jubilas anticipadamente, recibes un dictamen de invalidez, o en caso de fallecimiento para tus beneficiarios.
¿Dónde se tramita, en la ONP o en la AFP?
El trámite se inicia en tu AFP, que revisa la solicitud y la remite a la ONP — no se hace directamente en la ONP.